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jueves, 22 de agosto de 2013

Hacer Testamento en Colombia

Casi ninguna de las sucesiones en Colombia, y con esto quisiera decir ninguna, son testadas.

Lo que si puedo decir es que ninguna de las sucesiones que nuestra oficina ha acompañado ha incluido testamento, acá la trampa esta en saber cuantas hemos hecho, y la respuesta corta es muchas.

Es un acto jurídico por el cual una persona dispone de su patrimonio con efectos posteriores a su muerte, lo puede hacer en cualquier tiempo, y sin importar la edad, siempre y cuando tenga capacidad.

La voluntad del hombre es  mutable hasta su muerte, puede el otorgante cambiarlo cuando quiera, sin importar si  implica, modifica o altera los posibles derechos de cualquiera. Este es un miedo fundamental sin soporte pues los testamentos  se pueden revocar total o parcialmente, SIEMPRE.

Nota.  Es posible en testamento hacer le reconocimiento de un hijo, es este caso esta disposición no será renovable.

Se trata de uno de los actos que no es posible realizar por apoderado, es personal  e indelegable. Debe realizarse ante notario con la parecencia de 3 o 5 testigos en atención a la modalidad escogida.

Adicionalmente nuestra legislación incluye otras modalidades de testamento, poco utilizados, pero muy entretenidos como información cultural.

Testamento privilegiado verbal: Opera cuando la persona se encuentra en peligro de muerte de forma verbal pudiéndose utilizar medios para registrar la escena. Requiere 1 testador y 3 testigos.