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jueves, 19 de septiembre de 2013

Sucesión Testada Vs Sucesión intestada


En la gran mayoría de los casos, y por gran mayoría me refiero a casi todos, las sucesiones en Colombia son intestadas, no porque en un país que no ha visto ni por un segundo la paz, no se tenga plena conciencia de la muerte, su cercanía y posibilidad, sino porque en general hay un gran desconocimiento a los problemas que se pueden presentar por la ausencia de un documento donde obre la voluntad del causante, y hay una creencia equivocada a que su valor es superior al que realmente tiene.

Por lo que demos empezar por decir que en cualquier notaria del país el valor de un testamento apenas rosa los $130.000, no requiere de abogado y en su formulación los funcionarios de la notaría prestan una asesoría muy importante.

En el testamento se refleja, además de la voluntad del causante respecto a la repartición del los bienes,  en cumplimiento de las normas sobre herederos forzosos que hemos explicado en entradas anteriores, otro tipo de disposiciones que pueden alterar ampliamente el proceso sucesorio, así por ejemplo  se puede reconocer un hijo, nombrar un legatario, darle derecho a quien no los tiene de acuerdo a la ley  nombrar un albacea, desheredar  a un heredero forzoso, el cual  sólo volverá a heredar si hay una revocación del testamento o por lo menos una revocación del desheredamiento.

Cuando existe una asignación testamentaria parcial, los demás herederos pueden alegar los demás derechos que puedan darse en una sucesión intestada.

En la sucesión intestada no hay testamento y se reparte el patrimonio de acuerdo con los órdenes hereditarios que la ley establece, de forma que los únicos que reciben son quienes en la norma se les asigna tal derecho.

jueves, 22 de agosto de 2013

Hacer Testamento en Colombia

Casi ninguna de las sucesiones en Colombia, y con esto quisiera decir ninguna, son testadas.

Lo que si puedo decir es que ninguna de las sucesiones que nuestra oficina ha acompañado ha incluido testamento, acá la trampa esta en saber cuantas hemos hecho, y la respuesta corta es muchas.

Es un acto jurídico por el cual una persona dispone de su patrimonio con efectos posteriores a su muerte, lo puede hacer en cualquier tiempo, y sin importar la edad, siempre y cuando tenga capacidad.

La voluntad del hombre es  mutable hasta su muerte, puede el otorgante cambiarlo cuando quiera, sin importar si  implica, modifica o altera los posibles derechos de cualquiera. Este es un miedo fundamental sin soporte pues los testamentos  se pueden revocar total o parcialmente, SIEMPRE.

Nota.  Es posible en testamento hacer le reconocimiento de un hijo, es este caso esta disposición no será renovable.

Se trata de uno de los actos que no es posible realizar por apoderado, es personal  e indelegable. Debe realizarse ante notario con la parecencia de 3 o 5 testigos en atención a la modalidad escogida.

Adicionalmente nuestra legislación incluye otras modalidades de testamento, poco utilizados, pero muy entretenidos como información cultural.

Testamento privilegiado verbal: Opera cuando la persona se encuentra en peligro de muerte de forma verbal pudiéndose utilizar medios para registrar la escena. Requiere 1 testador y 3 testigos.

jueves, 4 de abril de 2013

¿Qué es un Testamento?


Se trata de un acto solemne que debe ser realizado ante Notario por regla general.


Beneficios

Valor,  es muy económico, los derechos notariales que genera no superan de los 150.000, no tienen en cuenta la cuantía,

Rapidez : Se realiza en un termino muy corto ya que dependiendo de la Notaria en un solo día es posible protocolizarlo, como requisitos solo exige la presentación del registro civil y tres testigos independientes que no vayan a estar directa o indirectamente relacionados en el testamentos.