viernes, 19 de abril de 2013

Albacea en sucesión


Debido a que los patrimonios  que se transfieren mediante  la sucesión son activos en operación,  y que puede ser necesario designar a una persona para sea el encargado de ejecutar cuantos actos requiera es sostenimiento de dicho patrimonio, se establece la figura de albacea.

Albacea: Por Albacea entendemos la  persona que el causante designa en testamento  para que se encargue de ejecutar sus disposiciones testamentaria. Esta albacea puede tener o no la prerrogativa de  detentar la tenencia de los bienes, caso en el que   actuara como administrador de los mismos.


Sus obligaciones son velar sobre la seguridad de los bienes; hacer que se guarde bajo llave y sello el dinero, muebles y papeles, mientras no haya inventario solemne, y cuidar de que se proceda a este inventario con citación de los herederos y de los demás interesados en la sucesión; salvo que siendo todos los herederos capaces de administrar sus bienes, determinen unánimemente que no se haga inventario solemne.

La legislación presenta 3 tipos de albaceas

1.      Simple: Su función es procurar que las disposiciones del testador se cumplan sin tener una designación específica.

2.      Con tenencia de bienes: Además de la facultades anteriores tiene la potestad  de administrar los bienes de la herencia. Puede exigir la entrega de los bienes a quienes lo detenten como su administrador.

3.      Fiduciarios: Se designan  para que cumplan encargos secretos (1368). Este encargo en porcentaje sobre la totalidad de la herencia no pude ser superior a la cuarta de libre disposición cuando existieren herederos forzosos.

El albacea como administrador supera en autoridad a todo interesado en la sucesión excepto el cónyuge. El cónyuge sobreviviente puede seguir administrando los bienes de la sociedad conyugal salvo que pesen sobre ellos una a solicitud de embargo.

En términos generales el albacea se encuentra sujeto a todas las obligaciones de un administrador de bienes ajenos; responderá hasta de la culpa leve y está obligado a llevar contabilidad.

Si no se eligió, serán los herederos en conjunto con el  cónyuge, si se presentare   conflicto se nombra secuestre.

Puede el albacea con anuencia de los herederos presentes procederá a la venta de los muebles y subsidiariamente de los inmuebles, si no hubiere dinero suficiente para el pago de las deudas o de los legados; y podrán los herederos oponerse a la venta entregando al albacea el dinero que necesite al efecto.


Es una figura de fundamental importancia para evitar las discusiones mientras se liquida la herencia y mantener incólume el patrimonio del causante, es necesario tener en cuenta que el tiempo que dure la sucesión ilíquida puede ser de algunos meses si la sucesión se puede llevar notarialmente o de años si el trámite se hace judicial.


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